Bases Ayudas a los estudiantes de la Villa de Garafía. Curso académico 2021/2022
1ª OBJETO.
Las bases que se presentan a continuación, tienen la finalidad de establecer los requisitos para acceder a ayudas al estudio con cargo a fondos propios de la Corporación Municipal. Dichas ayudas están destinadas a estudiantes empadronados y residentes en La Villa de Garafía, que realicen sus estudios en Universidades o Centros Educativos situados fuera del municipio.
– Bachillerato correspondiente a modalidades que no se impartan en el centro de estudios próximo a su localidad.
– Estudios universitarios: Obtención de títulos oficiales de Grado, Postgrado, Doctorado, Máster universitario, ya sean presenciales o a distancia.
– Formación profesional, enseñanzas artísticas, idiomas y deportivas.
Podrán ser valoradas otras solicitudes para la realización de otros estudios siempre que estos estén homologados, sean convalidables o sean reconocidos oficialmente por las Autoridades Educativas de las que aquellos dependan, de acuerdo a los criterios especificados en la normativa reguladora en vigor, y siempre que se acredite que no se disponga en su localidad de residencia de para poder cursar dichos estudios o en una localidad próxima por no permitir los medios de comunicación de la zona el acceso diario.
2ª BENEFICIARIOS/AS.
Todos/as los/las estudiantes que reúnan los siguientes requisitos:
1.- Estar empadronados/as y ser residentes en la Villa de Garafía, con al menos una antelación de seis meses a la fecha de publicación de la convocatoria.
2.- Estar matriculados/as y cursando estudios oficiales en el momento que se publique convocatoria para ayudas al estudio para el curso 2021/2022.
3ª SOLICITUDES.
Las solicitudes deberán presentarse en la oficina de Registro de este Ayuntamiento, o a través de la sede electrónica, conforme al Anexo I, que se publicará junto a estas bases en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife, en el tablón de anuncios de esta entidad y en el portal de transparencia (https://garafia.sedelectronica.es/info.0) y página web de la entidad www.garafia.es, pudiendo facilitarse vía email a quienes así lo soliciten al email: vperez@garafia.org). Estarán dirigidas al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de La Villa de Garafía y deberán estar acompañadas de la siguiente documentación :
– Fotocopia del D.N.I. del/a solicitante.
– Documento que acredite que el alumno se encuentra cursando los estudios en el momento de presentación de la solicitud.
– Alta a Terceros debidamente cumplimentada, según el modelo facilitado por el Ayuntamiento de la Villa de Garafía.
Todas las solicitudes serán sometidas a la previa comprobación de empadronamiento y residencia del/a solicitante de la ayuda en los términos anteriormente establecidos.
Asimismo las solicitudes podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa y formal, por parte del solicitante, de todos los requisitos contenidos en las bases reguladoras y la convocatoria.
4ª PLAZO DE PRESENTACIÓN.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.